Ver y ser vistos en moto siempre es importante, más cuando nos adentramos en el otoño y pronto llegará el invierno. Sin duda uno de los factores que más inciden en nuestra seguridad a la hora de pilotar una moto es la iluminación. Muchas veces nos fijamos en numerosas características a la hora de escoger una nueva moto relativas a las prestaciones, la eficiencia, a las posibilidades de uso en distintas circunstancias, en la seguridad por descontado, pero posiblemente la visibilidad del vehículo o más concretamente su equipo de iluminación puede causarnos sorpresa cuando llevamos transcurridos con nuestra pareja unos días de “relación”, circunstancialmente al emplear la motocicleta el horario diurno. En modelos de media o alta gama los equipos de iluminación y señalización no cabe ninguna duda sobre su calidad, pero en otras gamas o en scooters de primer precio por ejemplo los fabricantes se conforman con cumplir un mínimo.
La conducción nocturna, con el añadido de la lluvia y otros fenómenos como la niebla, hacen que la conducción en moto con baja visibilidad sea un verdadero engorro. En condiciones adversas es como medimos bien nuestra capacidad de pilotaje, toda la concentración, atención en la vía, agudizar los cinco sentidos que habitualmente ponemos conduciendo de forma habitual, bajo la niebla o con calles o carreteras con escasísima iluminación, es imprescindible. En otras palabras, casi hemos de apelar a nuestro “sexto sentido”, la experiencia es lo que nos da la máxima seguridad y tranquilidad.
Sin duda uno de los factores que más inciden en nuestra seguridad a la hora de pilotar una moto es la iluminación. Muchas veces nos fijamos en numerosas características a la hora de escoger una nueva moto relativas a las prestaciones, la eficiencia, a las posibilidades de uso en distintas circunstancias, en la seguridad por descontado, pero posiblemente la visibilidad del vehículo o más concretamente su equipo de iluminación puede causarnos sorpresa cuando llevamos transcurridos con nuestra pareja unos días de “relación”, circunstancialmente al emplear la motocicleta el horario diurno. En modelos de media o alta gama los equipos de iluminación y señalización no cabe ninguna duda sobre su calidad, pero en otras gamas o en scooters de primer precio por ejemplo los fabricantes se conforman con cumplir un mínimo.
También sucede que, esta vez en cualquier clase de motocicleta, debido a nuestros gustos personales, o porque nuestra visión tampoco sea la perfecta, y por supuesto porque las condiciones climáticas del entorno por el que nos movemos, o por la deficiencia de los equipamientos de la calzada, pensar en mejorar las luces, instalar faros adicionales y por descontado optar por prendas y el casco obligatorio con colores claros y elementos reflectantes son medidas que pueden salvarnos de muchos disgustos.
El Reglamento General de Conductores menciona la dotación de faros antiniebla como opcionales, tanto delante como detrás. El color del haz de luz de delante obligatoriamente ha de ser blanco o amarillo. A la hora de instalar un equipo no original hemos de atender a las normas de colocación. Tenemos que decirte que podrás colocarlas sin realizar ningún tipo de trámite siempre que las lleves por debajo de la luz normal, una a cada lado y paralelas. Instalándolas de esta manera no tendrás ningún tipo de problema cuando lleves la moto a revisarla en la ITV. Si por algún motivo de diseño de la moto o por gusto personal piensas en situar las luces adicionales en otra ubicación necesitarás iniciar un proceso administrativo que no es precisamente sencillo y que te obligará a dar una serie de pasos que acarrean algunas dificultades. En esas condiciones, la colocación de los faros antiniebla en moto está considerada como la realización de una reforma de la moto. Por lo tanto necesitas una autorización administrativa para realizarla, lo que conlleva una importante tramitación que hemos de llevar de forma estricta.
Los requisitos para instalar en nuestra moto unas nuevas luces antiniebla son los siguientes:
- Informe del fabricante o del servicio técnico
Para evitar problemas tienes que conseguir un informe o un dictamen emitido por la marca fabricante de tu motocicleta o de su representante legal y acreditado en España. No obstante, lo más probable éste no lo facilite preservando sus propios intereses. En tal caso, no nos quedará más remedio que recurrir a la obtención de un informe expedido por un Laboratorio Oficial o Servicio Técnico acreditado en España para reformas en vehículos. Este certificado dará fe de que tras la reforma la moto cumplirá con todas las exigencias medioambientales y de seguridad que establece la reglamentación vigente.
- Certificado del taller
También necesitas un certificado firmado y sellado en el taller en el que te coloquen el alumbrado suplementario. En él tienen que especificar en qué ha consistido la reforma y certificar que el resultado final es compatible con la normativa de faros de moto en vigor.
3. Solicitud ante la autoridad de homologación
Hay que entregar los documentos anteriores a la autoridad de homologación que dispondrá de un plazo de 6 meses para responder de forma positiva o negativa a la solicitud efectuada por el propietario de la moto. Si transcurrido este espacio de tiempo no se pronuncian, se entenderá que la autorización ha sido denegada.
- Llevar la moto y la documentación a la ITV
Si el certificado ha sido favorable, hemos de llevar nuestra moto a la estación de la ITV en un plazo de 15 días. Tendremos que aportar todos los documentos conseguidos a lo largo del proceso administrativo. Durante la inspección del vehículo se comprobará que la reforma se ha efectuado de forma correcta y si se han modificado las condiciones exigidas para circular por la vía pública. Si el resultado de la inspección es positivo, así se hará constar en la tarjeta de la ITV.
La autoridad de homologación es la que se encarga de designar a los servicios técnicos de reformas de vehículos. Para conseguir esa designación, las entidades interesadas tienen que presentar la pertinente solicitud ante la autoridad de homologación. La respuesta será positiva si los solicitantes están en condiciones de aportar una certificación de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) que acredite su capacitación técnica conforme a lo que exige la norma ‘UNE EN ISO/IEC 17020:2004’.
¿Podemos instalar luces tipo LED para los faros antiniebla?
El Reglamento General de Circulación permite llevar luces led durante el día siempre que se trate de faros de corto alcance o cruce. Sin embargo, las cosas se complican cuando la tecnología led se aplica a los faros adicionales que funcionan de forma independiente a la luz de cruce. No obstante, aunque es algo que no se reconoce abiertamente, en el sector se sabe que desde hace varios años se aplica una circular interna de la DGT en la que se recomienda que no se sancione a ningún motorista por llevar faros led en la moto durante el día. Es un hecho que los faros led iluminan menos que los de xenón y que su consumo es paralelamente menor que los sistemas de iluminación incandescentes. Dependiendo de nuestros gustos o necesidades la decisión está en nuestras manos.
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